los poderes del estado ecuatoriano en 1830
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los poderes del estado ecuatoriano en 1830

La política de Ecuador está definida por la actual constitución vigente del país. Oficialmente denominada como «República del Ecuador», se define como un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, culturalmente, plurinacional y laico. Su forma de gobierno corresponde al de república presidencialista y se administra de manera descentralizada.

Karla Rivera Mendoza | 7 jul 2020


La política de Ecuador está definida por la actual constitución vigente del país. Oficialmente denominada como «República del Ecuador», se define como un Estado constitucional de derechos y justiciasocialdemocráticosoberanoindependienteunitariointerculturalplurinacional y laico. Su forma de gobierno corresponde al de república presidencialista y se administra de manera descentralizada.

La Función Ejecutiva: Es ejercida por el Presidente de la República, es Jefe de Estado y del Gobierno, responsable de la administración pública del mismo. La Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se creen para ejecutarlas, según el artículo 141 de la Constitución vigente de la República del Ecuador.

La Función Legislativa: Cumple las funciones de creación de leyes y fiscalización, incluyendo la posibilidad de plantear juicio político en contra del Presidente de la República, el Vicepresidente y a los Ministros de Estado, en Ecuador se denomina como Asamblea Nacional, con sede en Quito ejerce la función legislativa y es unicameral. Excepcionalmente podrá reunirse en cualquier parte del territorio nacional. Se integra por asambleístas elegidos para un periodo de cuatro años, determinada por quince asambleístas por circunscripción territorial y dos asambleístas por cada provincia, aumentando en el número de un asambleísta por cada doscientos mil habitantes por provincia o fracción de ciento cincuenta mil.

La Función Judicial: La función está encargada de la administración de justicia, denominada Corte Nacional de Justicia, las cortes, tribunales y juzgados que establece la Constitución y la ley, y el Consejo Nacional de la Judicatura.

 

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